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Arbitraje tributario: un reto pendiente y necesario

En Colombia, resolver definitivamente una controversia tributaria puede tardar en promedio más de ocho años entre las instancias administrativas y judiciales. Este tiempo representa un alto costo financiero para los contribuyentes, una profunda inseguridad jurídica para quienes planifican inversiones y un impacto directo en el recaudo fiscal del Estado. Mientras tanto, miles de millones de pesos permanecen inmovilizados en procesos que avanzan con desesperante lentitud.

Ante esta realidad, el arbitraje tributario —una herramienta que permite resolver conflictos fiscales ante tribunales arbitrales especializados— se perfila como un mecanismo que conviene adoptar en nuestro país. En noviembre de 2023, el Gobierno presentó el Proyecto de Ley 198 de 2023, que no solo buscaba habilitar este mecanismo en el ámbito tributario, sino también en el cambiario y aduanero, reconociendo que las controversias técnicas en estas tres áreas comparten problemas estructurales: congestión judicial, lentitud procesal e inseguridad jurídica. Tristemente, la iniciativa fue archivada en 2024 por vencimiento de términos legislativos, perdiéndose así una oportunidad valiosa de modernizar nuestro sistema fiscal y regulatorio.

El arbitraje tributario no es una invención reciente: países como Portugal, con su Centro de Arbitraje Administrativo (CAAD), resuelven disputas fiscales en menos de seis meses con decisiones vinculantes. En España, el arbitraje se emplea en controversias internacionales, derivadas de tratados de doble imposición, y en México los “acuerdos conclusivos” han probado ser eficaces para evitar litigios judiciales.

Uno de los principales beneficios del arbitraje es la especialización técnica de los árbitros. A diferencia de muchos jueces administrativos —que deben atender simultáneamente litigios de múltiples materias— los árbitros designados para estas controversias pueden ser expertos en derecho tributario, cambiario y aduanero, lo que se traduciría en la definición de las controversias de una manera más precisa, fundamentada y ágil.

Los beneficios serían múltiples: un recaudo para el Estado más rápido por la reducción de los tiempos de litigio; un ambiente de mayor seguridad jurídica que impulsaría la inversión extranjera; un sistema tributario más alineado con los estándares de la OCDE; y, sobre todo, decisiones tomadas por árbitros expertos y más idóneos para la definición de disputas complejas, sin las demoras y costos del esquema actual.

Una mirada objetiva de lo anterior, permite concluir que el arbitraje tributario no es un mecanismo que pretende restar facultades al Estado, sino, muy por el contrario, fortalecerlas. Permitiría que la DIAN concentre sus esfuerzos en la fiscalización y que el sistema judicial se ocupe de casos que verdaderamente requieren su intervención, mientras un grupo de expertos resuelve con celeridad los asuntos técnicos. Lo anterior, sin perjuicio de que quien no quiera someterse al arbitraje, siga optando por acudir a los jueces competentes en materia tributaria.

Colombia no puede seguir aplazando esta discusión. Es hora de que se apruebe un marco legal que incorpore el arbitraje en estas materias. Solo así podremos pasar de un sistema congestionado e impredecible a uno moderno, especializado y confiable, capaz de responder a las exigencias económicas y jurídicas de un país que aspira a jugar en las grandes ligas de la inversión y la competitividad global